sábado, 3 de diciembre de 2011

SEMINARIO PROYECTO NUEVO CODIGO PROCESAL CIVIL

Los días 28 y 29 de noviembre pasados ,en las dependencias de la Casa Central de la Pontificia Universidad Católica de Chile, se dio lugar al Seminario organizado por tres estudios juridicos destacados en el foro, y patrocinado por el Instituto de Estudios Judiciales de Chile "Hernan Correa de la Cerda" y el Instituto Chileno de Derecho Procesal, en la cual expusieron destacados juristas como José Pedro Silva, Raul Tavolari, Cristian Maturana, entre otros, y si bien el proyecto no ha sido aún ingresado al Congreso, el proyecto redactado por la Comisión Interministerial fue objeto de análisis y crítica de parte de los juristas invitados y de los asistentes a dicho seminario. Entre los aspectos destacados de dichas jornadas, podemos referirnos a la ponencia de don Jose Luis Silva, profesor de la PUC, presidente del Instituto de Derecho Procesal,miembro de la referida Comisión, en la cual señaló como puntos relevantes de su exposición denominada: "Evolución y Estructuración del Proyecto de Código Procesal Civil"

Temas que quedan pendientes para implementar la reforma procesal civil

1.-implementación de los mecanismos alternativos de solución de conflictos
2.- desjudicializar asuntos voluntarios
3.- homologar las normas de arbitraje nacional con las internacionales

Para implementar reforma se necesitan leyes
1.- codigo orgánico de tribunales
2.- una ley organica que permita la instalación de los oficiales de ejecución , para ello se necesita reforma constitucional por art. 76 de la Constitución Politica
3.-  leyes adecuatorias

Principios que informan el proyecto
1.- derecho a acción
2.- pasividad
3.- dirección e impulso procedimiento por,parte del juez, no hay abandono del procedimiento por regla generesl, es excepcional , más bien se habla de hipotesis de caducidad
4.- buena fe procesal,por ejemplo, la parte vencida para reclamar abuso del derecho, pedir indemnización de perjuicios, existe la posibilidad de comunicar el juez a eventuales partes interesadas aun cuando no hayan sido emplazadas, la condena solidaria en costas a los abogados por maniobras dilatorias, previo apercibimiento
5.- oralidad, por regla general, se utiliza cuando es útil ejercerlo, si bien etapa de discusión era escrita
6.- inmediación, no hay actuarios
7.- continuidad audiencias y concentración , al igual que familia y laboral, el juez que recibió la prueba o dio ha lugar prueba anticipada, tienes que el juez juzgador
8.- eficiencia., en ese sentido, regula las normas de interpretación

Rol del juez en el proceso

No puede conceder  ultrapetita, pero tampoco menos,
Controla infracciones por falta de legitimación o de interés
Dar la posibilidad de subsanar los vicios del proceso a las partes

Medidas innovativas
Se amplia las facultades de oficio( medidas para mejor resolver)
Ejecutividad provisional de sentencia de condena, sin necesidad de caución
Se mantiene orden de no innovar
Atribuir la carga probatoria a la parte menos ventajosa procesal mente , previa advertencia a las partes
Obligación de motivación mas solida de las sentencia, especialmente por el análisis de la prueba No dicta sentencia, dentro de plazo legal, se anula el proceso
Normas de capacidad de goce procesal más amplia, incluso a los fondos patrimoniales, comunidades,etc.
Litisconsorcio necesario
Normas sobre sucesión de partes, mortis causa o Inter vivos

Aspectos probatorios

No hay tachas
Se acaba lo del perito e inspección personal
 Se acaba con rigidez absolución de posiciones , declaración partes
El demandado exija su propia declaración
Régimen sana critica, salvo prueba instrumental
Se amplifica noción instrumento, no solo documento , como mails
Nulidad e inexistencia como categorías de ineficacia
Cosa juzgada
Se termina acción y excepción cosa juzgada, por el hecho de la posibilidad de ejecución provisional, la verdadera la que tiende a evitar la reiteración de juicios , mas facultades al juez para evitar resquicios

Nuevos procedimientos

Registro desmaterializado , a través sistema informático
Las audiencias en voz e imagen
Los escritos en forma electrocinia, por excepción, los tribunales deben transformarlos
Nuevas formas de notificación , Por el solo hecho de subir al sistema
Simplificación
Declarativo ordinario , es preferente oral
Perdido discusión sin replica ni duplica por escrito
La contestación genera la radicación, una vez admisible
Se limita reconvención a lo pertinente
No hay tabla de emplazamiento, 30,45,60 dias, dependiendo si vive en la misma provincia , en distinta provincia o fuera del pais
Toda la prueba documental en la demanda y contestación , indicando los hechos con los cuales deberán probarse, pudiendo complementarse en la audiencia preliminar, en base a hechos nuevos o incidentes
El demandado debe controvertir los hechos puestos en la demanda , como laboral
Audiencia preliminar , si no asisten actor produce la caducidad del proceso, y si son ambas lo pueden reactivar
Llamado a conciliación en cualquier etapa del proceso
Resolucion de cuestiones previas
Fijación objeto del juicio
Puntos de prueba
Medios de prueba a ofrecer
Licitud prueba
Medios probatorios del juez
Distribuir la carga de la prueba
Prueba anticipada, cuando no se puedan rendir la prueba en el juicio
 Audiencia de juicio
 Rendición prueba ofrecida y admisible en la preliminar
Eliminación de exhortos, comunicación simultánea , y videoconferencia
Se sanciona a las partes por el hecho de que el juez se demore en dictar sentencia, hay que evitar la saturación del sistema
Existen las convenciones probatorias